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Te contamos cuáles son las operaciones realizadas en moneda extranjera a las que se les aplica el impuesto del 30%, con motivo de la entrada en vigencia de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública Nº 27541 y el decreto reglamentario 99/2019 con vigencia desde el 23/12/19: 

Compra de moneda extranjera para ahorro:

  • El 30% se aplicará en pesos sobre el monto de la compra convertido a pesos al “tipo de cambio vendedor” del último día hábil del Banco Nación.
  • Debés tener dinero suficiente en la cuenta para la compra y para el pago del impuesto (ya que se debitan juntos). De no ser así, no se podrá realizar la compra.
  • Se mantiene sin modificación el límite mensual de compra de U$D200 por persona (aplica para todas las compras que hagas, sin importar el Banco).
 

Compras y adelantos en efectivo con Tarjeta de Crédito en el exterior:

  • El impuesto aplica a todos los consumos efectuados en el exterior a partir del 23/12/2019, inclusive. Es decir, NO se aplicará a los consumos realizados antes del 23/12/2019.
  • El 30% se calculará en la fecha de cierre del resumen de tu tarjeta y se aplicará sobre la suma de todos los consumos realizados en el exterior. Aquellos consumos que estén en dólares se convertirán a pesos a la cotización del “dólar vendedor” Banco Nación del día hábil anterior a este cierre.
  • Se mantiene sin modificaciones el límite de U$D 50 por operación para adelantos en efectivo en Cajeros Automáticos del exterior con Tarjeta de Crédito. 
 

Compras con Tarjeta de Débito en el exterior:

  • Las compras realizadas en el exterior están alcanzadas por el impuesto PAÍS en consecuencia en tu cuenta se te debitará simultáneamente el equivalente al 30% del monto de cada compra para ello se aplicará el “tipo de cambio vendedor” del día hábil anterior del Banco Nación.
  • El movimiento del cobro del 30% en tu Resumen de Cuenta se reflejará con la siguiente leyenda “Imp. PAÍS s/tarj Deb 30%” en forma separada a la operación que lo origina.
 

Cuándo NO se aplica:

  • Adquisición de pasajes por vía terrestres con destino a países limítrofes.
  • Gastos referidos a prestaciones de salud.
  • Compra de medicamentos.
  • Adquisición de libros en cualquier formato.
  • Utilización de plataformas educativas.
  • Software con fines Educativos.
  • Gastos asociados a proyectos de investigación, desarrollados por investigadores en el ámbito del Estado, universidades e instituciones que integran el sistema universitario argentino.
  • Además, no se aplica el impuesto cuando el pago de las operaciones se realiza con moneda extranjera utilizando la que se tuviera en existencia.
  • En el caso de servicios digitales en moneda extranjera (gravados por el IVA), la alícuota será del 8% y un ejemplo de estos casos son las plataformas de música y series.
 

Disposiciones de Emergencia Pandemia Covid-19:

Tarjeta de Crédito:
Si el pago del resumen de tu Tarjeta Crédito posee saldos impagos de los vencimientos de tarjetas que operen entre el 13 y el 30 de abril, se refinanciarán en forma automática, de acuerdo a lo establecido por el BCRA. La refinanciación será a 1 año de plazo, en 9 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, a una tasa del 43% (TNA). La 1° cuota vencerá a los 90 días del vencimiento del resumen y ese período de gracia también devengará intereses. Si no deseas esta refinanciación, deberás pagar la totalidad de tu resumen en la fecha de vencimiento. También podrás pre cancelar la refinanciación en cualquier momento, total o parcialmente sin costo, excepto el interés compensatorio devengado hasta la precancelación. Tené en cuenta que el plan de refinanciación afecta tu límite de compra en cuotas.

 

Baja, Suspensión y Revisión de Débitos Automáticos:

Podrá solicitar baja, suspensiones y/o reversiones débitos automáticos, enviando datos personales (nombre completo, DNI, teléfono y mail de contacto, numero cuenta) y datos de la Empresa (cuit, nombre concepto del débito, fecha e importe) que desea dar la baja, a través de:

 

Diferimiento de Cuotas de Préstamos:

Sr. Cliente Ud. podrá solicitar la devolución de la cuota cobrada, la cual será diferida y refinanciada.

Podrá efectuarlo por los siguientes canales:

  • Llamando al 0379-4479300/442600 de lunes a viernes en el horario de 07:00 a 18:00 hs.
  • Por mail, integrando todos los campos del formulario: Solicitud de Diferimiento Cuota de Préstamo (más abajo adjunto) que el titular del préstmos debe fírmar, scanear -puede ser fotografía- y enviarlo adjunto a un mail con sus datos personales indicando: nombre completo, DNI, dirección, teléfono a atencioncliente@bcoctes.com.ar ó bien,
  • acercarse en forma presencial y con turno previo a la sucursal más cercana a su domicilio (Sistema de Turnos). El pedido se realiza sobre el total de las cuotas ya cobradas.

Importante: los intereses no se condonan sino que solo hay un diferimiento y los intereses compensatorios se siguen devengando. Es decir, los intereses se acumulan por todo el plazo desde el último pago realizado hasta el siguiente (sólo se exime de los intereses punitorios); por lo que deberá pagar una cuota superior cuando termine el plazo de gracia.