Servicio
Depósito automático en cuentas judiciales de las sumas que las ENTIDADES retienen de los haberes a sus empleados en cumplimiento de los embargos dictados por el Poder Judicial de la Provincia de Corrientes. "Cuentas Judiciales" son las cuentas vistas abiertas en el banco por orden de un juzgado, en las que se acreditarán las sumas de dinero conforme a lo dictado en el oficio por los diferentes Juzgados actuantes. "Entidades" son los organismos públicos y privados adheridos al servicio, que con una periodicidad mensual envian a la casilla de correo electrónico habilitada sseeacreditaciones@bcoctes.com.ar el archivo de acreditación de los montos retenidos de los haberes de sus empleados.
"Empleados de la Entidad"
Son los sujetos a los cuales la entidad les retiene un monto de sus haberes en concepto de embargo. No son los titulares de la cuenta proveedora de fondos.
"Archivo de Acreditación"
Es el registro con formato txt y con un diseño específico (ver instructivo del Archivo de Depósito) que recibirá el Banco (a través de la casilla de correo electrónico habilitado al efecto) por parte de la Entidad con periodicidad mensual. Contendrá las acreditaciones que el Banco deberá realizar en las Cuentas Judiciales y deberá estar acompañado de un listado soporte de la información que el mismo contiene. El plazo establecido, como la calidad y fidelidad tanto del archivo como los datos contenidos, son condiciones esenciales para el cumplimiento del convenio. La "Acreditación" es en la fecha establecida en el archivo entregado por la entidad y procesado por el Banco. Es el resultado de que se proceda a depositar en las Cuentas Judiciales los importes indicados. Siempre y cuando el archivo haya sido presentado y procesado como mínimo 48 horas antes y existan fondos suficientes en la cuenta corriente de la entidad. "Comprobantes de Depósito Judicial" son los documentos en formato digital que entregará el BANCO a la ENTIDAD en oportunidad de cada acreditación. Contendrá información de número de cuenta judicial en la que se acreditan los fondos, juzgado al que pertenece, número de secretaría, número de expediente, caratula e importe del depósito entre otros. Los mismos surgirán a partir de los datos que en el archivo de acreditación presenta cada uno de las diversas entidades y que adicionalmente incluyen datos de identificación unívoca de la transacción con la cual el depósito fue tomado.
Comisión
El Banco de Corrientes S.A. no cobra comisiones por la prestación del servicio.
Condición Indispensable
Será condición indispensable para la adhesión al Servicio de Depósito Judicial Automático que la ENTIDAD/ENTE:
Documentación a Suscribir (La primera vez)
Pasos para la adhesión al servicio
Mas abajo se encuentra un instructivo con los pasos para la adhesión al servicio "Instructivo para la Adhesión y Operatoria del Servicio."
Operatoria Habitual
La entidad deberá presentar con 48 hs. de anticipación a la fecha de acreditación lo detallado a continuación: