COMPRA DE DÓLARES PARA AHORRO
COMPRA DE DÓLARES PARA AHORRO
Los cambios se reflejan desde el 16/09/2020 y se detallan a continuación:
El cupo de U$S 200 se mantiene, pero del mismo se deben deducir los gastos en dólares realizados en tarjeta de crédito y compras con tarjeta de débito en el exterior.
Si se realizó un gasto de U$S 50 con la tarjeta, sólo se podrá comprar U$S 150.
De la misma manera si se efectúa un gasto superior a los U$S 200 permitidos, no se podrá efectuar compras de dólar ahorro en los siguientes meses (por ejemplo: si se gastan U$S 400 con tarjeta, no podrá comprar dólares para ahorro durante 2 meses).
Para efectuar la compra de dólares se realiza excluisivamente por medios electrónicos (NO está habilitada la venta por ventanilla), y antes de concretar la operación los sistemas efectúan la consulta a la base del BCRA desde donde se aprueba o rechaza la operación. Los motivos de rechazo se detallan seguidamente.
RESTRICCIONES PARA LA COMPRA DE MONEDA EXTRANJERA
Si se cumple alguna de las situaciones que a continuación se detallan, no se podrán efectuar compras de dólares (de acuerdo a lo establecido por el Banco Central de la República Argentina y ANSES):
-
Si realizó el difereimiento de cuotas de cualquier préstamo.
- Si realizó la refinanciación de saldos de tarjetas de crédito de abril a septiembre de este año.
- Si es beneficiario de planes sociales o recibís del ANSES un subsidio alimentario, IFE y Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar, etc.
- Si se accedió al congelamiento del valor de las cuotas vencidas de préstamos prendarios o hipotecarios UVA.
- Si accedió a alguna línea de financiación especial MiPyME (con tasa de hasta el 24% TNA).
- Si es empleado o empleada de empresas privadas que percibieron el programa ATP.
- Si no cuenta con ingresos justificables.
- Si superó en el mes el cupo de 200 dólares para ahorrar o en consumos con tus tarjeta de crédito o débito.
- Si algún cotitular de tu cuenta en dólares adquirió el cupo de 200 dólares en la misma cuenta durante el mes.
- Si vendió títulos con liquidación en dólares o realizó transferencias de títulos a entidades depositarias del exterior en los últimos 90 días corridos.
- Si accedió a algunas de las siguientes líneas de crédito: Créditos a Tasa Cero, Créditos a Tasa Cero Cultura, Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas